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Notapor Expreso Rías Altas » Lun Mar 13, 2006 5:36 pm

Hola

Si lo que se quiere es que quienes hacen los repintados piden permiso a los autores para publicar los modelos se me ocurre alguna posible solución al respecto.

Pongamos por ejemplo que un autor crea una locomotora para el MSTS. Y en vez de publicar el modelo publica una captura (ojo!! estaría haciendo accesible a quien quiera una imagen, no el modelo) y dice que quien quiera tenerla tiene que pedirsela y él se la manda. Puede aceptar las peticiones que se le hagan y también podrá negar las que le dé la gana. En fin, sigamos con el ejemplo. Un interesado se la pide y el autor se la manda. Este interesado se convierte en repintor (como dice el compañero Er Guille) y hace un repintado para el modelo del autor anterior. Este repintado presenta una co-autoría ya que el modelo es del autor anterior y las texturas son del repintor. El repintor quiere hacer de dominio público el modelo con sus texturas. Pues bien, al no haber sido divulgado o publicado o puesto a dominio público este modelo con anterioridad, pues entonces por ser la primera vez que ese modelo vería la luz, me refiero especificamente al modelo en 3D, pues entonces tendría que pedir permiso al autor del mismo para su publicación.

Ahora bien, llegado a este punto lo que se me ocurre que también podría hacer el repintor es publicar una captura de su modelo y decir que quien lo quiera tendrá que pedirselo, con lo cuál, ya no lo haría de dominio público y no tendría que pedir permiso al autor del 3D para pasarselo a alguien porque al igual que el anterior se puede negar o aceptar las peticiones de la gente que quiera el nuevo modelo. No ocurre lo mismo con algo que es de dominio público como por ejemplo las descargas de TrenSim, ya que a no ser que haya algún problema con el internet y el servidor, nadie se puede negar a que alguien las descargue.

Pero bueno, la cuestión era la de PUBLICAR, es decir, hacer de dominio público, de que quién quiera podrá tener acceso a algo sin tener que pedir permiso. Eso se solucionaría de esta manera, creo.

Porque si el repintor quisiese PUBLICAR, es decir, hacer de dominio público su repintado tendría que perdir permiso al co-autor y autor del modelo 3D ya que este no ha sido puesto en dominio público anteriormente.

Podría ser una solución, ¿Qué opináis?

Saludos a todos
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Notapor moregarjuan » Lun Mar 13, 2006 5:44 pm

A ver si lo entiendo:

Tu diseñas la Torre Eiffel y yo me ofrezco a darle una mano de minio (gratuítamente, claro) y para la historia yo seré coautor en el diseño del monumento más significativo de París. No sé que pensaría monsieur Eiffel. :mrgreen:

moregarjuan :roll:
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Notapor brill » Lun Mar 13, 2006 5:51 pm

Me temo que "publicado" y "de dominio público" son cosas muy diferentes...

Las obras de Bach, Beethoven, Mozart, etc. son de dominio público (además de haber sido publicadas una barbaridad de veces). En cambio, las obras de Mompou o del Aita Donostia no lo son (aunque también han sido publicadas, ¡claro!) Un concierto del Wolhtemperiert Klavier no paga derechos de autor, pero uno con las "Scenes d'Enfants" sí. Y que a nadie se le ocurra hacer un simple arreglo sin la SGAE por medio, que se le cae el pelo... En cambio, uno puede asesinar la IX Sinfonía de Beethoven (see Miguel Ríos) y, desgraciadamente, ninguna ley le condena, cuando menos, al garrote vil...
Saludos
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Notapor Expreso Rías Altas » Lun Mar 13, 2006 5:58 pm

moregarjuan escribió:A ver si lo entiendo:

Tu diseñas la Torre Eiffel y yo me ofrezco a darle una mano de minio (gratuítamente, claro) y para la historia yo seré coautor en el diseño del monumento más significativo de París. No sé que pensaría monsieur Eiffel. :mrgreen:

moregarjuan :roll:


Hola

JEJEJE

Muy bueno el chiste. Pero las restauraciones no se contemplan como objetos de la propiedad intelectual, según el Artículo 10 de la LPI.

Si a caso, aunque como "restauraciones" no figura nada, podría entrar dentro del Artículo 11 de la misma, aún así, los casos que enumera este artículo son "sin perjuicio de los derechos de autor sobre la obra original", como bien dice en el mismo. Pero va ser que no porque este artículo está más bien dedicado, como dice su punto 5, a obras de carácter literario, artístico o científico, y siempre habla de transformaciones. En ningún momento de restauraciones.

Siento decepcionarte, pero tu nombre no figuraría a los pies de la Torre Eiffel, JEJEJE

Un saludo compañero.
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Notapor Expreso Rías Altas » Lun Mar 13, 2006 6:09 pm

brill escribió:Me temo que "publicado" y "de dominio público" son cosas muy diferentes...

Las obras de Bach, Beethoven, Mozart, etc. son de dominio público (además de haber sido publicadas una barbaridad de veces). En cambio, las obras de Mompou o del Aita Donostia no lo son (aunque también han sido publicadas, ¡claro!) Un concierto del Wolhtemperiert Klavier no paga derechos de autor, pero uno con las "Scenes d'Enfants" sí. Y que a nadie se le ocurra hacer un simple arreglo sin la SGAE por medio, que se le cae el pelo... En cambio, uno puede asesinar la IX Sinfonía de Beethoven (see Miguel Ríos) y, desgraciadamente, ninguna ley le condena, cuando menos, al garrote vil...
Saludos


Hola

JAJAJA!!!!

Muy bueno lo de Miguel Ríos. Creo que en ese caso era poco el garrote vil.

Es posible que en algún momento haya utilizado mal la palabra publicar. Mis disculpas. En todo caso, para que no haya lugar a confusiones me limitaré a poner 2 definiciones:

Según la Real Academia Española:

publicar.
(Del lat. publicāre).
1. tr. Hacer notorio o patente, por televisión, radio, periódicos o por otros medios, algo que se quiere hacer llegar a noticia de todos.
2. tr. Hacer patente y manifiesto al público algo. Publicar la sentencia.
3. tr. Revelar o decir lo que estaba secreto u oculto y se debía callar.
4. tr. Correr las amonestaciones para el matrimonio y las órdenes sagradas.
5. tr. Difundir por medio de la imprenta o de otro procedimiento cualquiera un escrito, una estampa, etc.


Según la Ley de Propiedad Intelectual:

Artículo 4. Divulgación y publicación.
A efectos de lo dispuesto en la presente Ley, se entiende por divulgación de una obra toda expresión de la misma que, con el consentimiento del autor, la haga accesible por primera vez al público en cualquier forma; y por publicación, la divulgación que se realice mediante la puesta a disposición del público de un número de ejemplares de la obra que satisfaga razonablemente sus necesidades estimadas de acuerdo con la naturaleza y finalidad de la misma.

Un saludo
Angel Burgos
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Notapor Antuan » Lun Mar 13, 2006 6:53 pm

Hola.

Acabo de llegar y me he tomado la molestia de leer los tropecientos mensajes del hilo, pero ni así he encontrado un argumento válido que te dé en algo la razón, <b>Expreso Rías Altas</b>.

Desde luego, me he quedado blanco cuando he comprendido tu principal argumentación. Es cierto que las leyes se han escrito siempre con ánimo de dejar a la interpretación personal de los jueces un amplio margen, pero cuando veo hasta qué extremo se pueden tergiversar las cosas me quedo de piedra.

Se me han adelantado (en parte) con un ejemplo que quería poner de tu interpretación (aunque tú, que sigues sin dar tu brazo a torcer, te has salido,como parece ser tu estilo, por la tangente). Pero aun así, lo voy a desarrollar a ver qué eres capaz de deducir:

Érase una vez...

Bueno, hoy he decidido que voy a ser imortalizado en la galería de grandes arquitectos y artistas de la historia. He visto un hilo en el Foro de Trensim en el que alguien dice que ésto está bien, vaya, no sólo es que esté bien hacerlo, sino que me voy a convertir de repente en un personaje famoso, voy a conocer la gloria.

Cojo mis queridos botes de pintura en spray y un martillo, ya tengo todo lo necesario. Me subo al metro y bajo en la estación de Sagrada Família. Como ya es de noche y hoy juega el Barça, apenas hay gente por la calle. Allí hay un edificio muy grande, de piedra y cemento, que le dan un aspecto muy aburrido. Pero aquí estoy yo para solucionarlo. Gracias a que alguien, en un foro de internet, ha dicho que hacer ésto me convierte prácticamente en una estrella, estoy tranquilo.

Subo las escaleras de la fachada Este y empiezo a pintar mis queridos grafittis, esparramando aquí y allá colores, cuando me canso de apretar el botón del spray, agarro el martillo y le arranco la cabeza a todas las estatuas que pillo... pero qué bonito... ahora me empieza a gustar, éste aburrido edificio ya está "en la onda" actual, que es lo que mola. Menos mal que estaba yo aquí para solucionar ésto.

Écho un último vistazo a mi magnífica y vanguardista obra y me voy a mi casa.

Por la mañana me despiertan unos golpes ruidosos en la puerta. ¡POLICIA! gritan desde la escalera... a qué viene tanto ruido... abro y me encuentro una pareja de la Guardia Urbana, que me comunica que estoy detenido...¿porqué? me arrastran escaleras abajo.

En comisaría les he explicado un montón de veces que no entiendo porqué estoy detenido, hasta que me muestran unas fotos y un vídeo en el que se me vé junto a una iglesia con unos sprays...¿ésto qué es? preguntan... y les explico, soy el nada menos que el COAUTOR (!!!) de la Sagrada Familia, que he leído en internet que hacer esto está bien y es legal, sobre todo porque <b>no tengo ánimo de lucro</b> (bueno, siempre quise ser famoso, pero no me aceptaron en GH).

Algo raro ha pasado porque me encierran en un calabozo de Vía Layetana, no lo entiendo, si yo me tomé la molestia de leerlo en internet... creo que cuando me suelten un día de éstos, voy a enterarme de dónde vive el amigo <b>Expreso Rías Altas</b> y lo voy a ir a buscar con mi primo el de ZUMOSOL para que me lo explique bien.

FIN

Es un bonito ejemplo de lo que puede conllevar divulgar ciertas teorías...

Saludos.
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Notapor jorgomu » Lun Mar 13, 2006 6:59 pm

Hola a todos,
aún a riego de decir una tontería o repetir lo ya dicho (el fin de semana ha sido largo y reconozco no haber leído el hilo completo por lo que pido disculpas de antemano) ¿sería una solución el exigir registro, clave, password o como se le quiera llamar para poder hacer una descarga? Entonces, pienso, no sería estrictamente de dominio público sino de uso restringido a quien se le permitiera la descarga.
Saludos
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Notapor Antuan » Lun Mar 13, 2006 7:02 pm

Hola.

¿Quién ha dicho que las descargas disponibles en Trensim sean de dominio público?

Me parece que hay demasiados conceptos mezclados y equivocados. Cuidado, porque el desconocimiento de la Ley no exime del delito, aquí no vale aquello de "...y yo que sabía".

Saludos.
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Notapor LupoNegro » Lun Mar 13, 2006 7:03 pm

Veo que tenemos el caso en el que alguien hace un repintado, y veo que tenemos el caso en el que alguien hace un atentado estético jejejej.
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Notapor jorgomu » Lun Mar 13, 2006 7:12 pm

Hola a todos,
he empleado el término "dominio público" siguiendo la terminología que Expreso Rías Altas emplea al referirse a algo publicado. Ello es inpendiente de lo yo piense pues creo tenerlo muy claro.
Saludos
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Notapor javierfl » Lun Mar 13, 2006 7:18 pm

Primero, no me creo lo de que no tengas ánimo de levantar polémica. Como a mí, y como a muchos foreros (visto que ayer en plena polémica se batió record de foreros simultáneos con 70 personas nada menos) te gusta esto de polemizar... :lol:

No me extenderé mucho (lo siento...) porque no tengo demasiado tiempo para pasarlo en este hilo como si fuera domingo.

Simplemente de momento, confirmar que en efecto, no has usado la expresión "domimio público" con propiedad. La usas, reiteradamente de forma totalmente errónea, (pero vamos total y completamente) lo que implica que en este aspecto tu argumentación cae por su propia base. Brill lo aclara muy acertadamente.

Tu tesis de que las cosas una vez publicadas por primera vez, ya no pueden ser protegidas porque se convierte en domino público, es tan equivocada que no sé ni como rebatirla.

Respecto al tema de los inalienable, la frase “Es decir yo no te puedo dar permiso para divulgar algo mío (en el caso de que no sea aún de dominio público) a cambio de algo, y mucho menos a cambio de dinero. Sí puedo decidir donde y como divulgarlo, pero nunca enajenar ese permiso” es tan ininteligible en una parte, como errónea en lo que se entiende.

Por otra parte, no metamos del derecho moral (y los derechos de autor) en el tema marcas comerciales, porque las marcas son más materia de Derecho Mercantil que de otra cosa. No la liemos. Los signos distintivos, es decir las marcas y nombres comerciales, son manifestaciones de la propiedad industrial. Vienen regulados por la Ley de Marcas. Sus figuras más afines no son los dibujos artírsticos sino las patentes y modelos de utilidad. Su regulación es muy diferentes. Así, por ejemplo, en las marcas no es la creación sino el registro, como hecho generador del derecho. No me voy a extender con al Ley de Marcas, porque sólo eso falta para que me abucheen todos los compañeros.

De los mensajes que siguen al que pertenecen estos párrafos, ya no puedo contestar, porque no entiendo ni papa de lo que dices. Con cosas así, como la que siguen, es que me pierdo. “Tú publicas una unidad, 3D+texturas. Luego yo modifico las texturas, pero el 3D sigue siendo creado por tí y sigues siendo tú el autor del 3D, y mi obligación es reconocer tu autoría. En este caso, seriamos los 2 co-autores del nuevo modelo. Y la nueva creación, al existir 2 autorías aplicaremos los derechos de autor a las 2 autorías. Si tú no has publicado previamente tu parte de la autoría, yo tendría que pedirte permiso para publicar tu parte de la autoría. Pero si tú ya has publicado previamente esa parte de la autoría, entonces yo no tendría que pedirte ningún permiso para hacerlo. Si tú ya has hecho de dominio público y accesible para quien lo desee el modelo 3D, entonces yo no tendría por qué pedirte permiso para hacer lo mismo. Eso sí, si al final el nuevo repintado se publica, entonces tendría que reconocer y dejar bien claro que yo he realizado el repintado y que el modelo 3D es obra tuya.” No entiendo ni jota.

Me rindo.

Saliéndonos un poco del tema, aprovecho para hacerte un par de preguntas, si me permites. Me duele un costado cuando estoy sentado y me pica al hacer pis. ¿Tú que crees que puede ser? ¿Qué me tomo?

Por otra parte, en la pared de mi casa ha salido una grieta de unos dos milímetros de longitud que forma un ángulo de unos 40 grados con la horizontal ¿Hay riesgo para mi casa? ¿Qué reparación me recomiendas?

Agradecería tus respuestas. :-U

Saludos:

Javier.-
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Notapor LupoNegro » Lun Mar 13, 2006 7:20 pm

cuidado!

dominio publico, implica que el autor ha renunciado a sus derechos como tal con el objetivo de que pertenezca a todos. incluso algo de dominio publico puede llegar a tener que pagarse para adquirirlo.

freeware solo significa que es gratuito.
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Notapor Antuan » Lun Mar 13, 2006 7:22 pm

Veo que tenemos el caso en el que alguien hace un repintado, y veo que tenemos el caso en el que alguien hace un atentado estético jejejej.


Bueno, es un punto de vista. Para el grafitero, en cambio puede ser una obra maestra. Como véis, todo se puede interpretar según los gustos y si nadie hace nada, acabará todo pintarrajeteado, hay gente que le gusta y según sus argumentos (que los tienen), queda muy guay.

Saludos.
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Notapor LupoNegro » Lun Mar 13, 2006 7:44 pm

si, sé lo que dices, en mi caso si veo un grafiti, espero que al menos sea bueno, y esté en una pared olvidada. sino me parece basura.
Me gusta la contraposicion que has puesto.
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Notapor feliuet » Lun Mar 13, 2006 7:57 pm

Hola.

Ya que se ha creado tanta polémica con el tema de los derechos de autor, aprovecho para hacer una pregunta relacionada con el tema que me ronda por la cabeza:

¿Las fotografías en las que el autor es "desconocido" están sujetas a algún tipo de propiedad, o por el contrario son de "Dominio Público"?.

Tengo entendido que los derechos de autor sólo duran cincuenta años:
¿Es cierto?

Saludos.
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