por Fantito » Lun Mar 05, 2007 5:04 pm
La velocidad máxima, en ferrocarril, viene definida por varios parámetros.
Por la velocidad máxima asignada al vehículo o tren de vehículos.
Por la velocidad máxima asignada a la infraestructura.
Por la velocidad asignada al itinerario, es decir, que no siempre se tiene que ir a la máxima velocidad permitida tanto por las caracteristicas del vehículo como por las características de la infraestructura para realizar un servicio concreto. Esta está definida en la Velocidad de Itinerario.
¡Por fin la autorización de rebase!