por Francesc SV » Sab Ene 27, 2007 1:51 pm
Según el artículo 108 del RGC de Renfe, versión publicada en el año 2005, las funciones de un Jefe de Circulación o de CTC son "posibilitar la dirección del tráfico en una estación o varias telemandadas desde un CTC y ejercer el mando en las estaciones y trenes que se hallen en las mismas en todo lo relativo a la circulación, siendo responsable del cumplimiento de otras normas reglamentarias que le correspondan"
En el RGC de FGV, artículo 2.15 y 2.16 se diferencia entre Jefe de Circulación o del CTC y Agente de Circulación. El primero "es el agente que dirige la circulación en una estación o en el CTC. Ejerce el mando del personal de TRansportes que se encuentra en la estación o estaciones del CTC", mientras que el segundo es "el agente que, a las órdenes del jefe de Circulación o del CTC, asegura el servicio de circulación, mediante la aplicación de las normas reglamentarias"
Dentro de esta categoría, como ves, hay varios niveles, dependiendo de la compañía ferroviaria, pero en algunas dependencias están o pueden estar el Jefe de Estación, el Factor Encargado y el Factor de Circulación. Básicamente sus funciones en lo que respecta a circulación y seguridad son las mismas, pero en caso de haber más de una persona en una dependencia, una de ellas será el responsable a nivel "jerárquico" de ese puesto.